SISTEMA INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS.



¿QUÉ ES EL SISTEMA 
INTERAMERICANO DE DERECHOS HUMANOS?

 


Comprendiendo el Sistema Interamericano de Derechos Humanos (SIDH)

El SIDH es un aparato supranacional complejo con una función muy importante: salvaguardar los Derechos Humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (en la cual Panamá es Estado Parte); es precisamente esta convención, como organismo regional de protección de Derechos Humanos de carácter vinculante que crea el SIDH.



PROTECCIÓN DE LA ESCENA DEL CRIMEN: PRINCIPIOS RECTORES Tiempo que pasa, verdad que huye: Este clásico axioma policial sigue manteniendo su vigencia. En este caso, referido a una ley inexorable: cuanto más tiempo pasa sin que un indicio sea protegido, más aumenta el riesgo de desaparición, manipulación o contaminación. Las actividades de protección de indicios han de regirse por la rapidez y decisión en su desarrollo, siempre bajo unos estrictos criterios y rigurosidad. No debe confundirse rapidez con precipitación. Todo aquello que sea alterado no podrá ser restituido a su posición original: Nunca debe olvidarse que las manipulaciones o alteraciones de cualquier indicio en un escenario criminal pueden desvirtuar su significado y confundir al investigador, por lo que cualquier maniobra de este tipo que se efectúe debe estar plenamente justificada y exquisitamente documentada, al objeto de evitar distorsiones. Todo aquello que se obvie, destruya o pierda nunca podrá ser recuperado: La pérdida de un indicio por cualquier motivo puede ser irrelevante, pero del mismo modo puede suponer la clave del éxito o el fracaso de la investigación. Por ello, el profesional que se enfrente a un escenario delictivo debe tener siempre presente el valor potencial de cualquier indicio y ser capaz de valorarlo adecuadamente. Los mayores peligros de la protección de indicios son la ignorancia y la incompetencia: «Es deber del policía que acuda al lugar del delito procurar que nada sea pasado por alto por negligencia, descuido o estupidez». Hace más de cincuenta años que Svensson y Wendel, autores de uno de los mejores manuales de investigación criminal publicados, escribieron estas líneas. Por desgracia, todavía en la actualidad muchos policías no las conocen. Nada hay tan destructivo y perjudicial para la escena de un crimen como un policía ignorante del valor de los indicios, o indolente en su actuación profesional al respecto. Gran parte de las situaciones de alteración o destrucción de indicios se deben a la acción de policías incompetentes que no supieron ejercer sus funciones con rigor y eficacia. Los cinco enemigos de la protección de indicios: La actuación de determinadas personas supone en muchas ocasiones un elevado riesgo de alteración o destrucción de indicios y una dificultad añadida en la tarea de protección. Así, el personal de emergencias (bomberos y sanitarios) que acude a escenarios criminales donde son requeridos y que efectúa su trabajo con gran profesionalidad, simultáneamente altera o destruye indicios que pueden resultar de gran importancia. Tienen una elevada cualificación para sus tareas, pero desconocen absolutamente todo lo relacionado con la protección de indicios. El público, que en ocasiones acude e incluso se agolpa en los escenarios, dificulta también la actuación policial. Del mismo modo, las familias de las víctimas pueden alterar, sin malicia, el lugar del hecho. Por otra parte, las inclemencias meteorológicas suponen un riesgo añadido de destrucción de indicios que siempre habrá que tener presente. Y, por último, pero no menos importante, los propios policías, que como curiosos privilegiados entorpecen la labor de los agentes actuantes, poniendo en ocasiones en grave riesgo la escena, cambiando o alterando ésta involuntariamente en el curso de su trabajo.

 ¿La Convención Americana sobre Derechos Humanos está por encima de la Constitución o es igual a ella?

Eso dependerá, ya que ciertas naciones han confirmado la Convención Americana sobre Derechos Humanos, en consecuencia, un acuerdo internacional tiene posición constitucional en aquellas naciones que la han aprobado. En consecuencia, en caso de conflicto entre la Convención y la Constitución, ganará la norma que sea mejor para la protección de los derechos humanos.




¿Qué es la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y cuáles son sus funciones?

Es uno de los órganos del SIDH encargados de promover el reconocimiento y la protección de los derechos humanos en los Estados parte. Entre sus funciones están la investigación de denuncias de violaciones de derechos humanos, la elaboración de informes y recomendaciones a los Estados, y la promoción de la educación y difusión de los derechos humanos.





¿Diríamos que la CIDH es una especie de Fiscalía Interamericana?

No puede decirse que la CIDH sea una especie de Fiscalía Interamericana, ya que su función principal no es acusar penalmente a los responsables de violaciones de los derechos humanos, sino promover y salvaguardar los derechos humanos en general.





¿Qué es la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) y cuáles son sus funciones?

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH) es otro órgano del SIDH encargado de interpretar y aplicar la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Entre sus funciones se encuentran la resolución de casos contenciosos entre los Estados y los individuos o grupos de personas que denuncian haber sido víctimas de violaciones a los derechos humanos, la emisión de opiniones consultivas a los Estados y la promoción de la educación y difusión de los derechos humanos.




 Algunos manifiestan que las sentencias de la CorteIDH son una intromisión a la soberanía ¿Cómo podemos desmentir esto hoy en día?

Es importante tener en cuenta que los Estados han decidido libremente someterse a la jurisdicción de la Corte al ratificar la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Además, las sentencias de la Corte están basadas en la interpretación y aplicación de los derechos humanos consagrados en la Convención, por lo que no se trata de una intromisión arbitraria en la soberanía de los Estados, sino de una forma de garantizar la protección de los derechos humanos en la región.

 




¿Qué es el control de convencionalidad?

Es un principio que establece que todas las normas y actuaciones del Estado deben ser compatibles con los estándares internacionales de derechos humanos consagrados en la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Esto implica que los tribunales y autoridades estatales deben verificar la compatibilidad de las normas y actuaciones del Estado con la Convención y, en caso de incompatibilidad, aplicar la norma internacional de derechos humanos.




Tomando en cuenta los Artículos 4 y 17 de la Constitución Política panameña ¿La Convención Americana sobre Derechos Humanos está por encima de la Constitución Política, es lo contrario o están al mismo nivel?

En caso de conflictos entre la Constitución y la Convención, prevalecerá la norma que resulte más favorable para la protección de los derechos humanos. Esto implica que la Convención no está por encima o por debajo de la Constitución, sino que ambas normas tienen un rango equivalente en cuanto a la protección de los derechos humanos.

 




Referencias

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (2021). La Convención Americana sobre Derechos Humanos y su Protocolo Adicional II. https://www.oas.org/juridico/spanish/tratados/a-52.html

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). ¿Qué es la CIDH? https://www.oas.org/es/cidh/mandato/documentos-basicos/convencion-americana-derechos-humanos.pdf

Comisión Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). ¿Cuál es el mandato de la CIDH? https://www.oas.org/es/cidh/quienes-somos/mandato.html

Corte Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). ¿Qué es la CorteIDH? https://www.corteidh.or.cr/sobre-la-corte/quienes-somos/quienes-somos

Corte Interamericana de Derechos Humanos. (s.f.). Funciones. https://www.corteidh.or.cr/sobre-la-corte/funciones/funciones

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